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1) ¿QUÉ ES LA FORMACION BONIFICADA?
Es un sistema formativo que pone a disposición de las empresas, con carácter anual, un crédito a la formación que depende de diferentes variables como son la plantilla media de la empresa, la cuota de formación profesional abonada por la empresa en el ejercicio anterior, nuevos centros de trabajo abiertos en el año en curso, ....
2) ¿PARA QUE PUEDE SER UTILIZADA?
Puede ser empleado por la empresa en formar a los trabajadores de su plantilla, ya sea para dotarlos de una capacitación genérica para su puesto de trabajo o específica, de manera que el coste de esta formación sea deducido de los modelos de cotización a la Seguridad Social en el mes que la empresa decida, siempre tras la finalización del curso bonificable, debiendo respetar los limites temporal de deducción dentro del año natural en el que se ha impartido la formación bonificada.
3) ¿QUÉ SON LOS CREDITOS DE FORMACION DE LA EMPRESA?
Los créditos de formación son un dispositivo que permite que la formación que diseña la empresa para sus trabajadores se financie total o parcialmente con fondos públicos a través de bonificaciones en sus cuotas de Seguridad Social.
4) ¿DE DONDE PROCEDEN ESTOS RECURSOS?
Proceden de la Cuota de Formación Profesional que paga cada empresa y que recauda la Seguridad Social.
Los recursos que financian este subsistema de formación profesional proceden de la recaudación de la cuota de formación profesional que realiza la Seguridad Social, de las ayudas del Fondo Social Europeo y de las aportaciones específicas establecidas en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.
5) ¿QUIÉNES PUEDEN BENEFICIARSE?
- Trabajadores asalariados del sector privado
- Trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación.
- Trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en periodo formativo.
- Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
Excluidos
- Autónomos.
- Trabajadores del régimen agrario
6) ¿QUÉ REQUISITOS SON NECESARIOS PARA PODER BENEFICIARSE?
Para la Empresa:
- Ser empresa de titularidad privada
- Estar al corriente de pago a la Seguridad Social y Hacienda.
- Firmar el Anexo de Adhesión a Empresas normalizado que le facilitará Escuela de Negocios Feda.
Para el alumno/trabajador:
- Ser trabajador acogido al Régimen General de la Seguridad Social al inicio del curso.
- Asistir como mínimo al 75% de las clases presenciales o enviar el 75% de las pruebas de evaluación, en la modalidad a distancia.
- Cumplimentar la ficha de inscripción al curso normalizada que le facilitará la Escuela de Negocios Feda.
7) ¿CÓMO PUEDE DISFRUTAR DICHO CRÉDITO?
Para utilizar su crédito de formación, las empresas deben comunicar a la Fundación Tripartita el inicio y la finalización de las acciones formativas que desean financiar, sus características y participantes.
Dichos servicios los presta Escuela de Negocios Feda de manera gratuita si los programas que se realizan son impartidos por la misma.
Y si dicha formación fuera externa a la misma los socios de Feda pueden beneficiarse de descuentos en dicha tramitación a través de un convenio que tenemos firmado con SC asesores de formación.
Este proceso se realiza de forma segura a través de una aplicación telemática que nos permite realizar la gestión y seguimiento de sus actividades formativas.
8) ¿QUÉ ES LA FUNDACION TRIPARTITA?
Son la entidad estatal encargada de impulsar y coordinar la ejecución de las políticas de impulsar y coordinar la ejecución de las políticas publicas en materia de Formación Profesional.
9) ¿QUÉ NORMATIVA REGULA TODO ESTO?
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